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Presidente:   D. Antonio Moreno Marqueño

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DEFINICIÓN

De conformidad con el artículo 17 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas y demás normas de aplicación:

1. El Presidente de la Federación Española es el órgano ejecutivo de la misma. Ostenta su representación legal, convoca y preside los órganos de gobierno y representación, y ejecuta los acuerdos de los mismos.

2. El Presidente de la Federación lo será también de la Asamblea General y de la Comisión Delegada, con voto de calidad en caso de empate en la adopción de los acuerdos de la Asamblea General plenaria y de la Comisión Delegada.

3. El cargo del Presidente de la Federación podrá ser remunerado, siempre que tal acuerdo, así como la cuantía de la remuneración sea aprobado por la mitad más uno de los miembros presentes en la Asamblea General. La remuneración bruta, incluidos los gastos sociales legalmente establecidos, no podrá ser satisfecha con cargo a las subvenciones públicas que reciba la Federación.

Asimismo, el Presidente de la Federación desempeñará su cargo según el régimen de dedicación e incompatibilidades que fijarán los respectivos Estatutos.

4. El Presidente de la Federación lo será también de la Asamblea General y de la Comisión Delegada, con voto de calidad en caso de empate en la adopción de los acuerdos de la Asamblea General plenaria y de la Comisión Delegada.


ELECCIÓN

Será elegido cada cuatro años, coincidiendo con los años de juegos olímpicos de verano, mediante sufragio libre, directo, igual y secreto, por los miembros de la Asamblea General. Los candidatos, que podrán no ser miembros de la Asamblea General, deberán ser presentados, como mínimo, por el 15 por 100 de los miembros de la Asamblea, y su elección se producirá por un sistema de doble vuelta, en el caso de que en una primera vuelta ningún candidato alcance la mayoría absoluta de los votos emitidos.

La Asamblea General de la RFEK en su reunión de 17 de Septiembre de 2016 eligió como Presidente a D. Antonio Moreno Marqueño [curriculum vitae]


FUNCIONES (Artículo 23 y 24 Estatutos y normativa de aplicación)

  •  El Presidente de la R.F.E.K. y D.A. es el órgano ejecutivo de la misma.
  • Ostenta su representación legal, convoca y preside los órganos de gobierno y representación y ejecuta los acuerdos de los mismos.
  • Es competencia del Presidente la convocatoria de elecciones parciales a la Asamblea General y a la Comisión Delegada en los términos descritos en los presents Estatutos.
  • El Presidente de la Federación lo será también de la Asamblea General y de la Comisión Delegada, con voto de calidad en caso de empate en la adopción de los acuerdos de la Asamblea General plenaria y de la Comisión Delegada.
  • El presidente ostenta la dirección económica, administrativa y deportiva de la R.F.E.K. y D.A., de acuerdo a los presentes Estatutos y con la asistencia del Gerente y  en su caso del Secretario General y la Junta Directiva.
  • El Presidente es el ordenador de los gastos y pagos de la R.F.E.K. y D.A., de acuerdo a lo previsto en los presentes Estatutos y en la legislación vigente; puedenombrar y destituir a los miembros de la Junta Directiva, al Secretario General y al Gerente, y contratar, despedir o separar a las personas que presten servicios laborales o profesionales en/o para la R.F.E.K. y D.A.
  • El Presidente despachará los asuntos ordinarios de trámite y podrá adoptar dentro del marco de las competencias asignadas a la Junta Directiva aquellos acuerdos que por su especial interés y urgencia requieran un tratamiento inmediato.

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